Fabio Giraldo Izaza
- Realizó estudios de economía en la universidad Externado de Colombia y de posgrado en economía en la universidad de los Andes.
- Actualmente se dedica a actividades de consultoría pública y privada en temas relacionados con la vivienda, la construcción, la ciudad y el hábitat.
- Ha sido director de planeación y presupuesto del desaparecido Instituto de Crédito Territorial; vicepresidente técnico de CAMACOL durante varios años; director ejecutivo del Centro Nacional de Desarrollo urbano CENAC; presidente y experto comisionado de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA; viceministro de Desarrollo, Vivienda y Agua Potable; coordinador del programa de Naciones Unidas ONU-Habitat en Colombia; profesor y conferencista en varias universidades de Colombia; consultor del Banco Mundial Organización Mundial de la Salud OMS, PNUD, y ONU -Habitat.
RESUMEN DE LA PONENCIA
Avances de los instrumentos de planificación en Colombia.
Se presentarán los
antecedentes
políticos, jurídico-económicos y técnico-urbanísticos, que llevaron a la
necesidad de definir un horizonte de actuación para planificar la
ciudad colombiana,
en el marco de un Estado social de derecho que le dio un lugar
privilegiado a
la función social y ambiental de la propiedad; para tal efecto, se
realizó un
diagnóstico pluralista y con amplia discusión entre los principales
actores
sobre la ciudad colombiana, publicado en un libro “ciudades y
ciudadanía” que recibió una amplia discusión política en
el consejo nacional de planificación del país y posteriormente, en el congreso
de la república, convirtiéndose en la ley 388 de 1997.
Dicha ley, se inscribe en la discusión
de cómo implementar un nuevo modelo de desarrollo en un país de economía mixta,
guiado por políticas económicas keynesianas de libre mercado, actuando
en un marco institucional en los territorios, marcados por la violencia, el
narcotráfico y la mala distribución de la riqueza; por ello, la discusión sobre
el manejo de la tierra a nivel rural y urbano, tenía un papel relevante; dicha
ley, fue parte integral de un plan de gobierno con gran énfasis en la política
social y particularmente en la necesidad de reglamentar urbanísticamente la
nueva constitución política que consagró
la primacía del interés público sobre el privado, dándole rango constitucional
a la vivienda de interés social, al definirla como un derecho, permitiendo que el sector privado participara
ampliamente en su construcción.
Definió un conjunto amplio de
instrumentos de planeación dentro de los cuales sobresalen: creación de las
curadurías urbanas como mecanismo de apoyo a la planeación, liberándolas del
trámite cotidiano de la norma para
pensar los destinos de la ciudad a largo plazo a través de los planes de
ordenamiento territorial; discusión sobre el manejo de los costos y beneficios
en las actuaciones urbanísticas, introduciendo un complejo instrumento, el
manejo de las plusvalías urbanas para, con el apoyo del promotor inmobiliario,
y la tributación convencional de la ciudad, generar nuevos recursos para el
desarrollo urbano.
Los principales retos de dicha ley se
presentarán, discutiendo las dificultades de planificar los territorios por la
no existencia de una ley de ordenamiento territorial donde se discutan y
clarifiquen las competencias de los
diferentes niveles del Estado, -nacional, departamental y municipal- en un
mundo Glocal, donde las complejas relaciones entre el Estado y el mercado
ocupan un lugar nuclear al bañar, por decirlo así, todas las actividades
humanas del desarrollo humano de la ciudad. Dichos retos se tratarán de
plantear a través de discutir si es posible promover el desarrollo humano sin
sacrificar los ecosistemas terrestres y sin alterar los regímenes políticos
existentes.
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